Dossier nacional · Corte de revisión 30 de septiembre de 2026

Tierras y soberanía

Extranjerización de tierras rurales y defensa de una regulación nacional que proteja el territorio.

Defendemos la recuperación de la Ley de Tierras. Más de 13 millones de hectáreas rurales están registradas como extranjerizadas. Su concentración en determinados departamentos exige límites, controles y una política que oriente el territorio al desarrollo y al bienestar de su población.

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El promedio nacional oculta concentraciones locales

13,26 millonesde hectáreas rurales extranjerizadas
4,97%de la superficie rural relevada por el RNTR
59,82%en San Carlos, Salta, frente al 4,97% nacional

Fuente: Registro Nacional de Tierras Rurales. La página identifica agosto de 2025 como última actualización. Los valores corresponden a ese relevamiento.

513 registros territoriales

513 registros del PDF oficial del RNTR. Celdas vacías conservadas como Sin informar.
ProvinciaDepartamento o partidoHectáreas extranjerizadas% de superficie rural
Buenos Aires5.860,301,03%
Buenos Aires623,370,58%
Buenos Aires476,6711,81%
Buenos Aires2.978,881,68%
Buenos Aires7.127,495,99%
Buenos Aires18,575,97%
Buenos Aires10.674,541,62%
Buenos Aires25.343,303,97%
Buenos Aires3.710,721,93%
Buenos Aires26.841,296,68%
Buenos Aires1.512,601,40%
Buenos Aires339,542,43%
Buenos Aires215,492,19%
Buenos Aires5.501,331,17%
Buenos Aires4.061,591,95%
Buenos Aires3.001,962,84%
Buenos Aires11.935,4850,27%
Buenos Aires5.578,944,84%
Buenos Aires1.035,301,94%
Buenos Aires2.613,091,07%
Buenos Aires5.382,971,44%
Buenos Aires1.721,041,77%
Buenos Aires2.147,451,06%
Buenos Aires4.091,831,97%
Buenos Aires6.981,122,33%
Buenos Aires1.342,490,69%
Buenos Aires2.436,082,64%
Buenos Aires5.961,241,05%
Buenos Aires8.282,791,65%
Buenos Aires2.314,162,23%
Buenos Aires15.099,732,64%
Buenos Aires4.993,721,33%
Buenos Aires856,020,45%
Buenos Aires16,940,24%
Buenos Aires505,203,71%
Buenos Aires543,959,79%
Buenos Aires6.963,7012,11%
Buenos Aires1.616,0511,04%
Buenos Aires1.144,519,93%
Buenos Aires8.854,965,77%
Buenos Aires7.021,972,25%
Buenos Aires1.149,260,82%
Buenos Aires2.963,141,66%
Buenos Aires0,020,00%
Buenos Aires9.697,172,07%
Buenos Aires3.273,764,54%
Buenos Aires15.803,515,95%
Buenos Aires2.671,800,92%
Buenos Aires4.410,523,78%
Buenos Aires5.002,542,04%
Buenos Aires9.474,597,50%
Buenos Aires1.863,946,98%
Buenos AiresSin informarSin informar
Buenos Aires551,680,26%
Buenos Aires38.657,895,60%
Buenos Aires994,540,27%
Buenos Aires24.946,895,60%
Buenos Aires2.275,521,39%
Buenos AiresSin informarSin informar
Buenos AiresSin informarSin informar
Buenos Aires21,673,20%
Buenos Aires67.951,4613,40%
Buenos Aires599,070,29%
Buenos Aires82,660,65%
Buenos Aires6.375,049,94%
Buenos AiresSin informarSin informar
Buenos Aires1.656,400,50%
Buenos Aires6.429,051,98%
Buenos Aires16.113,3710,33%
Buenos Aires568,610,59%
Buenos Aires23.380,874,23%
Buenos Aires24.226,115,29%
Buenos Aires7.931,955,04%
Buenos AiresSin informarSin informar
Buenos Aires1.145,091,71%
Buenos Aires4.775,872,66%
Buenos Aires8.857,373,40%
Buenos Aires5,901,24%
Buenos Aires4.228,841,45%
Buenos Aires2.938,547,72%
Buenos Aires469,003,51%
Buenos Aires2.845,592,91%
Buenos Aires474,367,38%
Buenos Aires14.137,538,05%
Buenos Aires174,591,09%
Buenos Aires420,809,57%
Buenos AiresSin informarSin informar
Buenos Aires3.954,692,52%
Buenos Aires15.784,023,68%
Buenos Aires11.639,632,85%
Buenos Aires25.256,273,57%
Buenos Aires8.783,310,66%
Buenos Aires4.501,171,03%
Buenos Aires9.217,425,21%
Buenos Aires3.913,341,34%
Buenos Aires4.396,951,31%
Buenos Aires1.742,149,20%
Buenos AiresSin informar0,00%
Buenos Aires1.070,8412,46%
Buenos Aires8.065,521,31%
Buenos Aires2.879,981,87%
Buenos Aires55,554,71%
Buenos Aires6.881,037,59%
Buenos Aires9.942,612,39%
Buenos Aires9.842,472,58%
Buenos Aires7.614,353,81%
Buenos Aires4.487,542,98%
Buenos Aires1.570,650,48%
Buenos Aires5.590,062,17%
Buenos Aires613,960,79%
Buenos Aires4.403,152,84%
Buenos Aires2.203,181,99%
Buenos Aires2.889,203,46%
Buenos Aires15.120,895,13%
Buenos Aires2.209,972,30%
Buenos AiresSin informarSin informar
Buenos Aires0,410,06%
Buenos Aires1.679,932,82%
Buenos Aires5.898,925,17%
Buenos Aires3.261,635,64%
Buenos Aires578,320,64%
Buenos Aires21.557,284,61%
Buenos Aires4.517,361,12%
Buenos Aires292,360,93%
Buenos Aires0,060,00%
Buenos Aires2.882,080,73%
Buenos Aires16.103,883,12%
Buenos Aires18.842,173,33%
Buenos AiresSin informarSin informar
Buenos Aires1.470,991,25%
Buenos Aires5.906,331,30%
Buenos AiresSin informarSin informar
Buenos Aires654,666,17%
Buenos Aires29.786,362,89%
Buenos Aires12.003,6424,80%
Catamarca4.859,072,80%
CatamarcaSin informar0,00%
Catamarca25.082,165,34%
Catamarca3.504,690,12%
Catamarca0,020,00%
Catamarca3.468,110,82%
CatamarcaSin informar0,00%
Catamarca7.031,843,64%
CatamarcaSin informar0,00%
Catamarca116.297,0211,72%
Catamarca20.321,5420,66%
Catamarca627,890,12%
Catamarca53.249,199,30%
Catamarca1.729,981,09%
Catamarca608.956,6326,61%
Catamarca2.899,264,92%
Chaco2.986,291,80%
Chaco2.720,501,07%
Chaco5.791,253,74%
Chaco1.218,560,63%
Chaco275,580,13%
Chaco1.336,250,08%
Chaco5.050,012,42%
Chaco1.498,811,09%
Chaco3.479,242,35%
Chaco295,590,14%
Chaco219,560,18%
Chaco4.055,013,58%
Chaco150.586,136,28%
Chaco1.547,440,83%
Chaco275,910,28%
Chaco7.226,341,27%
Chaco1.000,330,36%
Chaco8.490,832,38%
Chaco985,810,63%
Chaco110,170,06%
Chaco553,190,42%
Chaco6.328,853,49%
Chaco1.904,660,91%
Chaco5.937,895,87%
Chaco32.400,896,35%
Chubut33.266,572,08%
Chubut63.994,524,94%
Chubut377.875,3822,90%
Chubut45.132,283,22%
Chubut36.046,384,14%
Chubut10.354,270,90%
Chubut42.579,642,64%
Chubut39.204,792,63%
Chubut12.961,710,85%
Chubut93.314,634,20%
Chubut348,800,09%
Chubut30.236,571,35%
Chubut7.235,620,54%
Chubut25.113,361,72%
Chubut64.963,923,29%
Cordoba2.705,490,59%
CordobaSin informar6,54%
Cordoba687,010,31%
Cordoba339,860,05%
Cordoba23.270,901,83%
Cordoba3.011,500,61%
Cordoba2.305,080,46%
Cordoba3.489,170,44%
Cordoba13.657,851,49%
Cordoba14.804,024,14%
Cordoba834,070,27%
Cordoba17.793,232,17%
Cordoba6.989,123,16%
Cordoba42.877,982,32%
Cordoba3.659,260,55%
Cordoba2.403,020,34%
Cordoba2.143,910,42%
Cordoba5.818,811,73%
Cordoba129,500,08%
Cordoba3.239,330,21%
Cordoba1.487,800,48%
Cordoba3.199,790,99%
Cordoba11.394,932,23%
Cordoba2.919,110,96%
Cordoba9.816,131,02%
Cordoba17.850,861,65%
CorrientesSin informar0,00%
Corrientes23.325,0232,72%
Corrientes91,310,20%
Corrientes34.224,9113,49%
Corrientes86.370,4610,36%
Corrientes522,200,27%
Corrientes26.486,127,69%
Corrientes10.429,045,45%
Corrientes1.997,510,44%
Corrientes45.949,419,96%
Corrientes405,550,53%
Corrientes93.858,7133,90%
CorrientesSin informarSin informar
Corrientes87,010,06%
Corrientes218,100,28%
Corrientes79.262,139,75%
Corrientes6.374,962,91%
Corrientes120,000,03%
Corrientes325,520,19%
Corrientes4.034,717,19%
Corrientes2.393,851,13%
Corrientes13.826,382,48%
Corrientes19.642,7011,43%
Corrientes11.670,756,98%
Corrientes92.471,2014,07%
Corrientes6,200,00%
Entre Rios3.004,431,14%
Entre Rios17.864,555,68%
Entre Rios856,840,33%
Entre Rios3.385,700,97%
Entre Rios19.619,593,78%
Entre Rios6.992,712,21%
Entre Rios57.043,598,57%
Entre Rios22.460,193,04%
Entre Rios6.181,241,29%
Entre Rios56.636,418,76%
Entre Rios6.917,481,52%
Entre Rios4.686,570,96%
Entre Rios4,790,00%
Entre Rios4.320,191,64%
Entre Rios4.798,120,94%
Entre Rios12.254,152,08%
Entre Rios19.878,973,04%
Formosa9.422,870,76%
Formosa54.999,2610,94%
Formosa5.413,302,23%
FormosaSin informar0,00%
Formosa22.975,770,99%
Formosa632,460,29%
Formosa18.070,584,04%
Formosa919,200,16%
Formosa2.500,000,67%
Jujuy0,130,00%
Jujuy13.270,8014,80%
Jujuy98.726,3126,06%
Jujuy4.843,491,50%
Jujuy11.373,656,03%
Jujuy2.337,115,10%
Jujuy7.501,411,22%
Jujuy28,560,04%
Jujuy44.237,5820,68%
Jujuy7.637,371,72%
JujuySin informar0,00%
JujuySin informar0,00%
Jujuy10,560,01%
Jujuy2.713,850,79%
JujuySin informar0,00%
JujuySin informar0,00%
La Pampa26.586,667,44%
La Pampa16.948,151,87%
La Pampa2.274,340,91%
La Pampa2.960,231,16%
La Pampa5.429,660,61%
La Pampa761,330,30%
La Pampa21.763,682,39%
La Pampa1.271,900,25%
La Pampa41.909,283,26%
La Pampa2.500,000,71%
La Pampa7.720,271,28%
La Pampa43.465,723,49%
La Pampa7.421,520,74%
La Pampa53.277,985,77%
La Pampa3.135,171,23%
La Pampa36.968,782,85%
La Pampa9.163,123,59%
La Pampa2.795,450,57%
La Pampa390,500,16%
La Pampa15.652,203,08%
La Pampa203,820,10%
La Pampa43.211,543,34%
La Rioja1.191,890,60%
La Rioja24.323,221,79%
La Rioja211,200,15%
La Rioja2,450,00%
La Rioja71.904,2914,86%
La Rioja3,500,00%
La Rioja122,840,03%
La Rioja0,120,00%
La Rioja0,820,00%
La RiojaSin informar0,00%
La Rioja349.858,1056,70%
La Rioja0,370,00%
La Rioja0,000,00%
La RiojaSin informar0,00%
La Rioja4,260,00%
La Rioja0,410,00%
La Rioja0,000,00%
La Rioja36.936,803,59%
Mendoza117,0210,64%
Mendoza170.578,8111,82%
MendozaSin informar0,00%
Mendoza333,513,34%
Mendoza449,731,77%
Mendoza89.335,3012,58%
Mendoza110.796,6012,44%
Mendoza99.115,989,72%
Mendoza11.838,312,49%
Mendoza3.689,736,50%
Mendoza608.739,7814,74%
Mendoza2.564,751,21%
Mendoza82.508,307,13%
Mendoza20.476,2213,84%
Mendoza120.816,243,88%
Mendoza6.708,880,79%
Mendoza10.353,213,13%
Mendoza5.667,772,29%
Misiones5.867,443,52%
Misiones816,310,83%
Misiones4.867,973,29%
Misiones4.071,144,83%
Misiones5.064,986,40%
Misiones11.795,6616,40%
Misiones31.266,0816,24%
Misiones29.061,4711,12%
Misiones24.858,4216,78%
Misiones2.052,870,60%
Misiones114.406,6839,95%
Misiones3.521,203,46%
Misiones31.866,7518,36%
Misiones8.681,425,76%
Misiones14.704,959,02%
Misiones736,321,20%
Misiones32.116,719,00%
Neuquen10.033,612,18%
Neuquen8.383,630,70%
Neuquen60.131,3011,14%
NeuquenSin informar0,00%
Neuquen45.339,538,12%
Neuquen36.020,895,59%
Neuquen17.756,654,63%
Neuquen257.346,0254,17%
NeuquenSin informar0,00%
Neuquen23.732,156,67%
Neuquen84,120,01%
Neuquen18.707,233,39%
Neuquen11,310,00%
Neuquen2.678,920,63%
Neuquen19.546,313,29%
Neuquen4.269,290,80%
Rio Negro2.309,000,10%
Rio NegroSin informar0,00%
Rio Negro740,200,09%
Rio Negro69.506,903,90%
Rio Negro23.050,7913,61%
Rio Negro400,000,04%
Rio Negro1.390,110,08%
Rio Negro36.539,112,42%
Rio Negro34.843,955,46%
Rio Negro23.152,671,47%
Rio Negro95.250,4110,48%
Rio Negro30.272,802,29%
Rio Negro40,210,00%
Salta322.087,1914,69%
Salta31.185,7510,68%
Salta35.759,3423,11%
Salta5.993,484,09%
Salta15.485,5924,63%
Salta14.456,6516,04%
Salta67.685,0028,82%
Salta200.940,8812,41%
Salta94.205,6233,84%
SaltaSin informar0,00%
Salta7.544,228,81%
Salta16.868,6611,07%
SaltaSin informar0,00%
Salta60.662,7128,22%
Salta19,800,00%
Salta10.319,451,98%
Salta207.985,8057,79%
Salta276.043,8623,28%
Salta47.316,531,82%
Salta45.438,478,43%
Salta442,570,09%
Salta306.454,2559,82%
SaltaSin informar0,00%
San Juan10.633,661,80%
San Juan651,475,02%
San Juan82,270,09%
San Juan442,230,18%
San Juan258.809,9512,10%
San JuanSin informarSin informar
San Juan1.352,300,18%
San Juan126,083,39%
San Juan450.044,6124,95%
San Juan125.485,699,24%
San Juan7.061,8613,00%
San Juan524,202,13%
San Juan408,364,53%
San Juan10.568,9620,25%
San Juan112,713,18%
San Juan10.968,543,92%
San Juan2.299,610,55%
San Juan7.576,901,44%
San Juan221,090,10%
San Luis19.346,842,42%
San Luis493,170,06%
San Luis5.212,802,22%
San Luis21.828,955,68%
San Luis28.043,831,89%
San Luis58.317,313,16%
San Luis68.507,154,98%
San Luis483,570,18%
San Luis280,720,08%
Santa Cruz133.830,815,10%
Santa Cruz222.784,203,50%
Santa Cruz432.371,0012,86%
Santa Cruz331.748,4810,69%
Santa Cruz176.362,686,38%
Santa Cruz509.486,5925,77%
Santa Cruz98.500,003,00%
Santa Fe42.815,542,47%
Santa Fe3.648,061,54%
Santa Fe375,870,11%
Santa Fe676,060,11%
Santa Fe1.806,400,60%
Santa Fe61.629,5915,73%
Santa Fe39.320,123,50%
Santa Fe21,410,00%
Santa Fe219,170,07%
Santa Fe209,380,09%
Santa Fe573,450,10%
Santa Fe206,060,13%
Santa Fe10.180,450,71%
Santa Fe19.842,273,10%
Santa Fe1.248,000,30%
Santa Fe7.709,931,44%
Santa Fe2.835,481,66%
Santa Fe288,830,06%
Santa Fe26.198,261,28%
Santiago del Estero54.866,4614,89%
Santiago del Estero122.672,489,09%
Santiago del Estero496,600,22%
Santiago del Estero24.489,826,29%
Santiago del Estero8.267,652,30%
Santiago del Estero49.214,1814,87%
Santiago del Estero9.402,584,56%
Santiago del Estero3.996,710,62%
Santiago del Estero3.720,690,30%
Santiago del Estero29.990,074,50%
Santiago del Estero16.064,002,66%
Santiago del Estero2.236,130,87%
Santiago del Estero77.123,8515,97%
Santiago del Estero26.523,002,92%
Santiago del Estero25.042,847,51%
Santiago del Estero15.940,814,35%
Santiago del Estero91.581,405,68%
Santiago del EsteroSin informar0,00%
Santiago del Estero41.012,725,60%
Santiago del Estero19.279,515,50%
Santiago del Estero11.148,915,47%
Santiago del Estero1.692,650,50%
Santiago del Estero4.410,753,67%
Santiago del Estero7.635,962,14%
Santiago del Estero19.485,599,30%
Santiago del Estero2.874,501,86%
Santiago del Estero1.004,820,85%
Tierra del Fuego, Ant.Arg e Islas Atl.Sur16.817,372,64%
Tierra del Fuego, Ant.Arg e Islas Atl.Sur73.030,9312,44%
Tierra del Fuego, Ant.Arg e Islas Atl.SurSin informar0,00%
Tucuman32.718,529,06%
Tucuman5.413,664,13%
Tucuman18.404,4316,42%
Tucuman2.364,195,32%
Tucuman1.633,540,98%
Tucuman3.443,944,62%
Tucuman4.537,954,79%
Tucuman3.274,661,69%
Tucuman465,310,85%
Tucuman3.849,513,25%
Tucuman4.326,427,52%
TucumanSin informar0,00%
Tucuman307,090,25%
Tucuman2.947,741,14%
Tucuman2.114,891,89%
Tucuman3.464,161,16%
Tucuman292,942,87%

Malargüe (14,74%) y Chilecito (14,86%) se mantienen por debajo del 15% en el documento oficial. La clasificación utiliza decimales originales antes de redondear.

Por qué necesitamos recuperar la Ley de Tierras

La Ley 26.737, sancionada en 2011 durante la presidencia de Cristina Fernández de Kirchner, creó un régimen de protección al dominio nacional sobre las tierras rurales. Estableció reglas para limitar la concentración extranjera y conocer la propiedad y posesión del territorio. Recuperar esa protección debe ser una prioridad de la política nacional.

El artículo 8 fijaba un máximo del 15% de titularidad o posesión extranjera, computado a escala nacional, provincial y municipal o equivalente. Esa combinación de escalas impedía que un promedio nacional bajo justificara una concentración elevada en determinadas jurisdicciones.

El artículo 9 limitaba la participación de una misma nacionalidad al 30% del cupo extranjero. El artículo 10 establecía un máximo de 1.000 hectáreas por titular extranjero en la zona núcleo o su superficie equivalente en otras regiones, y prohibía la adquisición de inmuebles que contuvieran o fueran ribereños de cuerpos de agua de envergadura y permanentes.

El régimen incorporaba controles y un registro nacional para relevar la propiedad y la posesión. Preservaba los derechos adquiridos de sus titulares. La ley debía complementarse con las normas ambientales, provinciales y de seguridad fronteriza aplicables a cada operación.

El ingreso de capitales debe contribuir a la producción, el empleo y el desarrollo regional bajo reglas que protejan el territorio. La compra de tierra por sí sola no acredita esos resultados. Una política de inversión debe exigir compromisos verificables y conservar herramientas para evitar que la concentración de la propiedad reduzca la capacidad de decisión del Estado y de las comunidades.

La defensa de la Ley de Tierras expresa una decisión sobre el modelo de país: conservar capacidad para ordenar el uso del suelo, proteger recursos y sostener el arraigo. Debe integrarse con políticas de acceso a la tierra para productores, agricultura familiar y comunidades, así como con controles sobre la concentración nacional y extranjera.

Ley 26.737: texto original oficial

Mapa de la extranjerización registrada

31 registros superan el 15% en los porcentajes publicados. Geometrías de Georef con fuente IGN, versión 13.0.0 de abril de 2026; cifras del RNTR publicadas en agosto de 2025.

Elegí un territorio

Seleccioná en el mapa, en el selector o en la tabla para consultar los datos.

Porcentaje rural extranjerizado

  • Más de 30%
  • Más de 15% hasta 30%
  • 9% hasta 15%
  • 5% hasta menos de 9%
  • Menos de 5%
  • Sin porcentaje informado

Vista continental, Tierra del Fuego e Islas Malvinas. Antártida y otras islas del Atlántico Sur quedan fuera del encuadre. La fuente rural no informa valores para esas jurisdicciones. La geometría está simplificada para lectura cartográfica; no representa parcelas.

Mapa de referencia del Observatorio de Tierras

Mapa desarrollado por Thomás Artopoulos para el Observatorio de Tierras. Ofrece una referencia para investigar las relaciones entre propiedad y recursos. Consultá las fuentes y fechas de cada capa en la herramienta original.

Abrir el mapa interactivo ↗ (nueva pestaña)

El mapa propio presenta datos registrales y límites administrativos oficiales. La herramienta del Observatorio de Tierras permite explorar otras capas y documenta sus fuentes.

La derogación y sus consecuencias políticas

Consideramos que la Corte actúa políticamente a favor de la desregulación y de los intereses extranjeros que pueden beneficiarse de ella. Esa lectura se apoya en el efecto de su decisión: al remover la sentencia que había declarado inconstitucional la derogación, debilita la protección judicial de la Ley de Tierras. La fundamentación procesal no elimina las consecuencias políticas del fallo.

La sentencia del 29 de septiembre integra este proceso de desregulación. Su alcance jurídico y sus consecuencias políticas se presentan a continuación.

Estado de revisión al 30 de septiembre de 2026. Las novedades se incorporan después de contrastar los documentos.

  1. 2011 · Ley 26.737

    Estableció límites y controles sobre la titularidad o posesión extranjera de tierras rurales. Texto oficial, artículos 8 a 10, 14 y 17.

  2. 2023 · Artículo 154 del DNU 70/2023

    Dispone la derogación de la Ley 26.737. Texto oficial. Su aplicación fue objeto de controversia judicial.

  3. 29 de septiembre de 2026 · Sentencia de la Corte

    La Corte revocó la sentencia de Cámara y rechazó la demanda del CECIM por falta de legitimación y ausencia de caso judicial. El considerando 9 deja sin resolver la constitucionalidad del artículo 154 y preserva la intervención del Congreso. Reseña y enlace a la sentencia. Texto completo de la sentencia, leído y contrastado; copia publicada por Palabras del Derecho.

La respuesta legislativa

La Ley 26.122 exige pronunciamientos expresos: el artículo 23 prevé aceptación o rechazo del decreto sin enmiendas y el artículo 24 dispone que el rechazo de ambas cámaras implica su derogación, preservando derechos adquiridos. Texto oficial. La restitución del régimen de tierras debe abordarse expresamente en la respuesta legislativa.

Al 30 de septiembre hay anuncios periodísticos de un pedido de sesión especial en Diputados. Los registramos como anuncio, con fecha y convocatoria formal todavía pendientes de corroboración parlamentaria. Información publicada el 30 de septiembre.

La política que proponemos

Proponemos recuperar el régimen de la Ley 26.737 y reforzar su aplicación. Los límites por territorio, nacionalidad y titular deben acompañarse de controles efectivos, coordinación con las provincias y registros actualizados. La protección formal necesita capacidad estatal para conocer operaciones, verificar el control societario y evitar mecanismos de elusión.

La información pública debe permitir seguir la superficie extranjerizada, su distribución y las modificaciones de la titularidad. Un registro accesible, con criterios comparables y fechas visibles, mejora el control ciudadano y ayuda a evaluar las decisiones del Estado. La actualización debe distinguir nuevas operaciones de correcciones registrales.

También proponemos vincular la política de tierras con la protección del agua, los derechos de las comunidades y un desarrollo productivo que genere empleo y arraigo. La soberanía se sostiene cuando la sociedad puede decidir sobre el territorio y cuando sus recursos contribuyen al bienestar de la población.

Seguimiento institucional

Decisiones judiciales, convocatorias y votaciones parlamentarias, cambios en el régimen de tierras y nuevas publicaciones del RNTR. Un anuncio de sesión, una convocatoria y una votación se registran como etapas diferentes.

Cómo leer los datos

El porcentaje expresa hectáreas extranjerizadas sobre superficie rural de cada jurisdicción. El 15% es una referencia del régimen de la Ley 26.737. La situación jurídica de cada operación exige considerar fecha, derechos adquiridos y reglas aplicables.

La coincidencia entre un departamento extranjerizado y un recurso describe el contexto territorial. Para establecer titularidad o superposición física se necesitan documentos y geometrías específicos. Cada capa conservará fecha del dato, fecha de consulta y método de ubicación.

Los porcentajes corresponden al corte registral de agosto de 2025. Cada actualización de la información territorial conservará su fuente y período de referencia.

Los totales provinciales suman 13.262.725,65 ha, una diferencia de 0,01 ha frente al total nacional publicado. La suma de las hectáreas departamentales informadas es 13.262.719,20 ha. El PDF contiene celdas vacías y una diferencia de 6,55 ha entre Córdoba y sus departamentos; se conservan los valores de la fuente sin redistribuir diferencias.

La base incluye 513 registros del RNTR, vinculados con 512 identificadores distintos de Georef. El PDF repite Ituzaingó, Corrientes: una fila con 33,90% y otra sin superficie rural. Ambas filas se conservan en la tabla; el mapa representa la fila con superficie informada. Las jurisdicciones presentes sólo en la cartografía figuran sin dato. El conteo superior al 15% usa el porcentaje publicado con dos decimales.

Fuentes

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